Autorizar escritura traslativa a la Sra. VAZQUEZ, MARISA ALEJANDRA
Texto
Victorica (L.P), 24 de Noviembre de 2.022
VISTO:
La Nota presentada por la Sra. VAZQUEZ, MARISA ALEJANDRA D.N.I. N° 28.518.817solicitando autorización para escriturar el terreno adjudicado mediante Ordenanza Municipal N° 2213/18, Y;
CONSIDERANDO:
Que el inmueble mencionado es de dominio de la Municipalidad de Victorica, según obra en Informe Catastral,
Que según se desprende de la misma a la Sra. VAZQUEZ, MARISA ALEJANDRA D.N.I. N° 28.518.817, le fue adjudicado en venta mediante Ordenanza Municipal N° 2213/18, el terreno fiscal denominado catastralmente como Ejido 089, Circ. 01, Radio “C”, Mza. 060, Parcela 020, Partida N° 794.968.
Que las adjudicaciones efectuadas por la Municipalidad a favor de los adjudicatarios de terrenos se encuentran condicionadas a la construcción de sus viviendas
Que a los fines de facilitar a los adjudicatarios, la obtención de Créditos Hipotecarios, la Municipalidad transferirá, a los adjudicatarios que obtengan dichas créditos, el dominio de los inmuebles adjudicados, con garantía Hipotecaria a favor del Banco Hipotecario SA,
Que la Municipalidad, debe dictar la ordenanza derogatoria de la condición suspensiva, solo respecto de los adjudicatarios que presenten constancia emitida por el Banco Hipotecario SA sobre la factibilidad del crédito solicitado y que hayan cancelado el precio total del terreno.
POR TODO ELLO:EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE VICTORICA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:ARTÍCULO 1º:DEROGASE el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 2213/18, efectuándose la adjudicación en venta, del inmueble designado catastralmente como Ejido 089, Circ. 01, Radio “C”, Mza. 060, Parcela 020, Partida N° 794.968, con una superficie de 625 metros cuadrados a favor de la Sra. VAZQUEZ, MARISA ALEJANDRAD.N.I. N° 28.518.817, dejándose constancia que el precio ha sido abonado en su totalidad.
ARTICULO 2º:AUTORIZASE al Intendente Municipal a firmar la correspondiente escritura traslativa de dominio.
ARTICULO 3º:
Los gastos que demande la correspondiente escrituración correrán por cuenta del adjudicatario.
ARTÌCULO 4º
Pase al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos que estime corresponder.
ARTÌCULO 5º:
Comuníquese, Publíquese, dese al Libro de Ordenanzas y Resoluciones, cumplido que fuere, archívese.
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 2746/22Diego Simóm DIAZ Carlos Luciano MACEDA Secretario Concejal Presidente H.C.D Promulgada por Resolución Municipal Nº 1199/2.022, con fecha 28 de Noviembre del 2.022.-
DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de la Localidad de Victorica (L.P.), a los 24 días de Noviembre de 2022. Votos: Afirmativos 8 (ocho) LERNOUD, BLAISSE, CALIGIURI, MACEDA, Bloque Alianza Victorica. DIAZ, CAMPERO TORRES, GARCIA ANDRADA. PAEZ Bloque Frejupa. Votos Negativos 0 (cero).